23 de diciembre de 2020 · Noticias
Ampliación tiempos de conducción por el bloqueo entre Reino Unido y Francia
En las últimas horas el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha procedido a emitir una resolución con respecto a los tiempos de conducción y descanso a colación del bloqueo acaecido en los últimos días en la frontera entre Reino Unidoy Francia. Siguiendo el artículo 14.2 del Reglamento Europeo por el que permite interponer excepciones temporales de los dispuesto en los artículos 6 a 9, por un plazo máximo de 30 días.
“Debido a la situación provocada por las medidas derivadas del Covid19, se están produciendo numerosas retenciones de varios días, que están afectando a los vehículos de transporte de mercancías que realizan servicio entre Reino Unido y España, a través del paso de Calais y de otros puertos franceses. Por otro lado, la salida de Reino Unido de la Unión Europea el 31 de diciembre puede afectar también a la fluidez del transporte de mercancías con origen o destino en Reino Unido, especialmente en los primeros días del mismo.”, reza la Resolución.
Desde la Dirección General se resuelve:
Exceptuar de forma temporal las operaciones de transporte de mercancías afectadas por estas circunstancias:
- Artículo 6.1: permitir extender la duración de la conducción máxima diaria de 9 a 11 horas.
- Artículo 6.3: paso del máximo de conducción bisemanal de 90 a 96 horas.
- Artículo 8.6: posponer el inicio del descanso semanal tras haber pasado seis periodos de 24 horas.
- Artículo 8.8: permitir tomar descanso semanal normal en vehículo, siempre y cuando el vehículo esté equipado para el descanso de los conductores y esté estacionado.
La aplicación, se especifica en el apartado segundo, que serán de aplicación a conductores que realizan operaciones de transporte de mercancías entre Reino Unido y España entre los días 15 de diciembre de 2020 y 13 de enero de 2021.